Las ayudas para la Covid-19 obtenidas de las administraciones públicas catalanas tributan en la Renta 2020
20/05/2021
Consulta en el documento de abajo para saber cómo tributan las subvenciones en la declaración anual de la Renta
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha comunicado que las ayudas obtenidas de las diferentes administraciones públicas (Generalitat, Ayuntamiento, Diputación, etc.) por la pandemia del Covid-19 tributan en la declaración anual de la Renta para el ejercicio 2020.
En un primer momento, la Generalitat de Catalunya comunicó que estas ayudas estaban exentas de tributar en virtud del artículo 7.Y de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre. Finalmente, la AEAT ha comunicado que las citadas ayudas para la Covid-19 tributan. Por lo tanto, las ayudas de la Generalitat destinados a los trabajadores/as de la cultura (ayuda puntual de 750 € y ayuda para suministros básicos) se incluirán en la declaración anual de la Renta para el ejercicio 2020.
¿Si ya he presentado la declaración anual de la Renta, cómo se puede modificar? En este link se explica paso a paso cómo realizar la modificación de la renta.
En el enlace que encontrará bajo la noticia podrá consultar cómo se deben tributar las cuantías percibidas en concepto de prestaciones, ayudas y subvenciones recibidas desde las diferentes Administraciones y entidades públicas con el fin de hacer frente a la crisis sanitaria provocada por la Covid-19.
Para preparar este documento se ha analizado tanto la normativa vigente como se ha solicitado información a la AEAT. Sin embargo, la realización de la declaración de la Renta este año presenta muchas incógnitas en relación a la tributación de las ayudas destinadas a hacer frente a la crisis sanitaria de la Covidien-19. Cualquier duda o cuestión, no dude en contactar con la APdC.
El presente documento se divide en: beneficiarias de la ayuda (persona física o jurídica) y dentro de esta primera clasificación, según el tipo de ayudas percibidas.
Para cualquier duda, no dude contactar con la APdC.