La entrada en vigor de la LOGSE en 1990 dejó sin validez a todos los efectos los títulos de danza obtenidos antes de esta ley. Entre otras cosas, todos los títulos de danza oficiales anteriores a la LOGSE no sirven para presentarse a oposiciones a la administración publica ni para solicitar la admisión en cursos de doctorado, ni para trabajar oficialmente en escuelas de danza autorizadas.
Para solucionar esta situación, las personas con titulación de danza anterior a la LOGSE, pueden solicitar al Ministerio de Educación y Ciencia la equivalencia a efectos de docencia de su título antiguo con los estudios superiores de danza regulados en la LOGSE.
·#65279;Desde la APdC pensamos que la ley de reforma educativa tendría que haber contemplado una equivalencia directa y a todos los efectos, es decir, una homologación. Para defender esta idea, la APdC forma parte de la Plataforma en defensa de la Danza junto con otras asociaciones y federaciones del sector artístico de todo el Estado. Esta Plataforma se constituyó el 20 de febrero de 2004 y trabaja activamente para que se puedan obtener las equivalencias a todos los efectos de los títulos de danza previos a la LOGSE. En el 2004 se presentó un recurso contra el Real Decreto que regula las equivalencias y esperamos que la resolución será favorable a la Plataforma. Aun así, la Plataforma en defensa de la Danza continúa haciendo presión y trabajando activamente en todos los frentes para que la equivalencia de los títulos de danza lo sea a todos los efectos. Exigimos que las equivalencias sean homologaciones.
Hay que recordar que la equivalencia a efectos de docencia provoca una discriminación y unas limitaciones asociadas como por ejemplo:
- Para cualquier oposición o trabajo donde se exija el título superior de danza, exceptuando los relativos a docencia, no se reconoce como título superior.
- El título superior de danza, con esta limitación de efectos, no es homologable dentro del ámbito único europeo.
- No reconociéndose la equivalencia a efectos académicos, puede accederse al doctorado.
Por todo eso, desde la APdC asesoramos las personas que tienen que pedir la equivalencia informándolos de toda la documentación que tienen que aportar. También hacemos de interlocutores con las instituciones públicas implicadas (Generalitat, Ministerio de Educación e Instituto del Teatro) y la Asociación de Escuelas de Dansa Autorizadas de Cataluña (AEDA). Hacemos presión para evitar discriminaciones derivadas de la legislación, como es el caso de las escuelas autorizadas, que en Cataluña es diferente que en el resto del Estado.
NOTA
Las habilitaciones que concede la Generalitat de Catalunya no tienen ninguna relación con las equivalencias. La Generalitat de Catalunya emitió un decreto en 1993 sobre la regulación de escuelas de danza y música donde indica que el profesorado de las mismas tiene que disponer de titulación oficial.
Los profesionales que no tienen la titulación pueden pedir unas habilitaciones para poder ejercer en las escuelas autorizadas. En este sentido, el decreto indica que podrán obtener la habilitación las personas que acrediten haberse dedicado a la docencia en danza durante más de seis años antes de 1993 y cumplan una serie de requisitos.
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